Friday, February 12, 2016

Parte A: Derechos y obligaciones de los ciudadanos


Derechos ciudadanos 

Según el artículo 35 de la Constitución mexicana son derechos del ciudadano:

I.               Votar en las elecciones populares.





II.    Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley.





III.   Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país.





IV.   Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional, para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes.





V.    Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición.





VI.   Poder ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio público, teniendo las calidades que establezca la ley.





VII. Iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen esta Constitución y la Ley del Congreso.






VIII. Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional.





DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, (2016).


Obligaciones ciudadanos 

Según el artículo 36 son obligaciones del ciudadano de la República:

I.     Inscribirse en el catastro de la municipalidad, manifestando la propiedad que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que subsista; así como también inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.















II.    Alistarse en la Guardia Nacional.






III.   Votar en las elecciones y en las consultas populares, en los términos que señale la ley.






IV.   Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de los Estados, que en ningún caso serán gratuitos.





V.    Desempeñar los cargos concejiles del municipio donde resida, las funciones electorales y las de jurado.






DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, (2016).

Suspensión de derechos ciudadanos

Según el artículo 37 apartado C, la ciudadanía mexicana se pierde:

I.              Por aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros.



II.            Por prestar voluntariamente servicios o funciones oficiales a un gobierno extranjero, sin permiso del Ejecutivo Federal.






III.   Por aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del Ejecutivo Federal.



IV.   Por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones sin previo permiso del Ejecutivo Federal, exceptuando los títulos literarios, científicos o humanitarios que pueden aceptarse libremente.




V.    Por ayudar, en contra de la Nación, a un extranjero, o a un gobierno extranjero, en cualquier reclamación diplomática o ante un tribunal internacional.






VI.   En los demás casos que fijan las leyes.


 DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, (2016).


Opinión personal:

Desde mi punto de vista creo que los derechos de los ciudadanos son adecuados  aunque creo que hace falta tener más énfasis en la parte de verificación de cumplimiento de leyes. Si bien el ciudadanos tiene derecho a participar en consulta de tema popular, creo que sería prudente agregar un apartado que le permita al ciudadano denunciar  o exigir actos del gobierno que no vayan de acuerdo a las propuestas hechas durante las campañas o que no cumplan con leyes cosntitucionales. De esta manera el ciudadano tendría capacidad no solo de elergir y representar como lo hace ahora, sino también de corregir su elección al ser equívoda o poco eficiente si el funcionario electo resulta no cumplir con su palabra.






Referencias

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION. (2016, Enero 27). Constitución Política de    los Estados          Unidos Mexicanos. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/           LeyesBiblio/htm/1.htm


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